A partir del próximo 12 de diciembre las empresas salvadoreñas están obligadas a pagar los aguinaldos. El plazo vence el 20 de diciembre. ¿Ya sabes cuánto te tienen que pagar? Acá resolvemos tus dudas.

El aguinaldo es un monto que se debe pagar, según el Código de Trabajo, a todo empleado que esté activo al 12 de diciembre.

Debe tener en cuenta que este pago no es un regalo o una opción sino que es una obligación legal que los patronos tienen con sus trabajadores.

El monto que debe recibir depende de dos factores: la cantidad total de su salario y sus años o días de trabajo.

El Código establece que si tiene un año de trabajo y menos de 3, le corresponde el total de 15 días de trabajo; si ha trabajado tres años y menos de 10 son 19 días y si tiene más de 10 años el pago será el equivalente a 21 días, ese es el máximo. De igual forma, si tiene menos de un año de trabajo, se le debe pagar el monto proporcional a los días que laboró.

Calcule así:

Si ha trabajado 1 año y menos de 3:
Supongamos que su salario es de $300 y tiene un año y seis meses de trabajo. En este caso el monto que se le debe pagar el equivalente a 15 días.
Debe dividir su salario entre los 30 días del mes y luego multiplicarlo por los 15 días que debe recibir como aguinaldo. Así:
$300/30= 10
10×15 = $150.

Si ha trabajado 3 años y menos de 10:
Si consideramos que su salario es de $600 y lleva 5 años de trabajo, el monto que le deben pagar es correspondiente a 19 días de trabajo.
En ese caso el cálculo se hace de igual forma:
$600/30= 20
20×19= 380.

Si tiene más de 10 años de trabajo:
Tomando en cuenta un salario de $900 y 11 años de trabajo, el aguinaldo debe ser el monto de 21 días de trabajo. La suma total la puede calcular así:
$900/30= 30
30×21= 630.

Ahora, si tiene menos de un año de trabajo, el aguinaldo es proporcional a los días que ha laborado. Pongamos un ejemplo:

Gana $300 y lleva 8 meses de trabajar en la empresa, es decir, 240 días. En este caso debe dividir los $300 entre los 30 días del mes (300/30=10), luego dividir el total entre el rango de aguinaldo que debe recibir proporcionalmente, o sea 15 días (10×15 =150), luego debe dividir ese monto entre los 365 días del año para saber cuánto le corresponde de aguinaldo por día (150/365=0.41) y finalmente multiplicar ese total por los días que ha trabajado (0.41×240=98.63). De esa forma, su aguinaldo debe ser de $98.63.

Recuerde que los aguinaldos menores o iguales a $608.34, es decir dos salarios mínimos de los sectores comercio y servicios, están exentos del impuesto sobre la renta y que no se lo pueden quitar por dos faltas injustificadas al trabajo.

Si fue despedido o su contrato se acabó con la empresa, el patrono está obligado a pagarle el monto proporcional a los días que trabajó.

Si recibe menos dinero o no lo recibe a tiempo, puede denunciar a la empresa por medio de la línea 130 del Ministerio de Trabajo.

 

Por Daniel Serpas | Recopilado de elsalvador.com el 10 de diciembre del 2019