El aguinaldo representa un “amortiguador” económico que sirve a las familias salvadoreñas para enfrentar las temporadas de Navidad y el inicio del año escolar.

Diciembre es un mes esperado por todo mundo, pero por diferentes razones: para los niños es la época de estrenos y regalos; mientras que para los adultos es un tiempo de fiesta y de esperanza financiera gracias al ansiado aguinaldo.

El aguinaldo es un monto (prima) al que los trabajadores del sector público y privado tienen derecho por cada año trabajado.

Dicho en otras palabras, entre más tiempo pases trabajando en una misma empresa, tu aguinaldo será mayor. Aunque tiene un tope.

Un factor muy importante a tomar en cuenta es que el aguinaldo no puede tener ningún tipo de descuento por parte de la AFP, el ISSS o renta (si tu salario superara los $500).

De acuerdo con lo establecido en el Código de Trabajo de El Salvador, para quienes tuvieren entre uno y tres años de servicio, su aguinaldo será equivalente al salario de 15 días; para quienes han trabajado entre tres y 10 años, les corresponde el salario de 19 días; y para quienes llevan más de 10 años, su aguinaldo corresponderá al salario de 21 días.

El artículo 200 del Código de Trabajo estipula que tu aguinaldo deberá ser pagado entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año.

Cabe mencionar que el Código de Trabajo determina que el aguinaldo no es por los años trabajados en total, sino por los servicios prestados a un mismo patrono. Es decir, que si has trabajado cinco años, pero en tu empleo actual solo llevas uno, tu aguinaldo será equivalente a 15 días.

Aunque no tengas un año de laborar en la empresa o institución donde estás, la ley te ampara y establece que en concepto de aguinaldo tendrás derecho a “una parte proporcional”.

¿Puedo perder mi aguinaldo?

A pesar que el aguinaldo es obligación de los patronos y derecho de los trabajadores, la ley especifica un caso el los que podrías “perder” ese monto.

El artículo 201 del Código de Trabajo establece que una posible razón para perder tu aguinaldo es cuando entre el 12 de diciembre del año anterior y el 11 de diciembre del año en curso, en dos meses consecutivos o no, te ausentarás injustificadamente más de dos veces en cada uno de esos meses.

Si fueses despedido antes del 12 de diciembre por razones injustificados o finalices contrato con tu patrono, tienes derecho a un aguinaldo proporcional del último año.

¿Cómo administrar tu dinero extra?

Para muchos, este ingreso extra de dinero “cae como anillo al dedo”, ya que ofrece la oportunidad de celebrar de mejor forma las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

Pero hay que tomar algunas sugerencias para que el aguinaldo “abunde” y no se convierta en dinero que escape fácilmente de las manos.

1. Presupuesto. Haz un cálculo de tus ingresos (aguinaldo y quincenas), ordena las prioridades y planea tus inversiones. De esta forma, no gastarás más de lo necesario.

2. Deudas. Cuando recibas tu aguinaldo procura revisar la deudas que tengas y decídete a pagarlas. Si fuera una sola deuda, intenta liquidarla en su totalidad; si fueran varias, revisa el monto, los intereses y el plazo que tienes para pagar aquella que sea urgente.

3. Enero. Recuerda que después de diciembre viene enero y con el, la compra de útiles escolares para tus hijos. No querrás enfrentar esta temporada con los bolsillos vacíos. Desde el inicio, destina un porcentaje de tus ingresos pensando en el estudio de los pequeños.

4. Necesidades y deseos. En esta época es común ver que algunos establecimientos tienen ofertas o descuentos. Procura comprar cosas que de verdad vas a ocupar y no de las que te enamoraste más rápido.

5. Regalos. Es característico de este mes intercambiar obsequios con familiares y amigos, pero no procura caer en la obligación de regalarle algo a todo mundo.

Calculadora del aguinaldo

A continuación te daremos unos ejemplos prácticos para que calcules cuánto te corresponderá de aguinaldo este año. Toma papel, lápiz y calculadora y hagamos cuentas.

Carlos (6 meses trabajando) Salario: $550.00

$550 ÷ 30 días = $18.33 (por día)

$18.33 × 15 días = $275

$275 ÷ 365 días (un año) = $0.75

$0.75 × 180 días trabajados = $135

Su aguinaldo será de $135

Gabriela (5 años trabajando) Salario: $400.00

$400 ÷ 30 días = $13.33 (por día)

$13.33 × 19 días = $253.33

Su aguinaldo será de $253.33

Miguel (1 año trabajando) Salario: $500.00

Le corresponde un monto igual a 15 días de salario, es decir, $250.

Su aguinaldo será de $250

 

Fuente: El Diario de Hoy